sábado, 3 de febrero de 2018

¿LIBERTAD DE CÁTEDRA O LIBERTINAJE DE CATEDRA EN LA UNIVERSIDAD? POR: MSc. JOSÉ ISRAEL VENTURA


¿LIBERTAD DE CÁTEDRA O LIBERTINAJE DE CATEDRA EN LA UNIVERSIDAD?
POR: MSc. JOSÉ ISRAEL VENTURA

Con el concepto  de libertad y democracia  ha sucedido  lo mismo que con el concepto de libertad de cátedra. En los diferentes  regímenes políticos  más atroces han  servido para legitimar y justificar   sus invasiones,  sus mentiras y chantajes  y para realizar  enormes masacres en contra  de la humanidad, aludiendo siempre a la defensa de la libertad y la democracia.
Haciendo un símil podríamos decir que  algo similar ha sucedido con el concepto  de “libertad de cátedra” que los docentes ejercen en casi todas las Universidades del mundo.  Bajo este concepto en algunas Universidades los docentes, han cometido muchos agravios, humillaciones  y se siguen cometiendo en contra de los estudiantes.
Sí bien es cierto que la libertad de cátedra es jurídicamente un derecho legítimo que tenemos los docentes en todas la Universidades del mundo y que a la vez es un factor importante para el desarrollo del pensamiento, la investigación, el arte,  la Ciencia y la cultura. También es cierto que en su nombre se han cometido y se siguen cometiendo muchos agravios, humillaciones  y un desmedido despotismo por parte de los docentes. ¿Es culpa de los docentes? no, probablemente no, lo que a mi juicio ha habido es un desconocimiento y mal entendido  concepto de libertad de catedra. Por eso en este breve ensayo  se trata  de reflexionar sobre dicha cuestión.
LO QUE NO ES LIBERTAD DE CATEDRA.
Es necesario que los docentes comprendamos que la libertad entendida como libertinaje es totalmente perjudicial para el proceso de formación del ser humano y la sociedad. La  enseñanza universitaria no escapa a tales consideraciones. Una libertad de catedra mal entendida  y practicada   no sólo tendrá  grandes consecuencias al interior de la Universidad  sino que sus efectos se extenderán hacia toda la sociedad.
 El ejemplo, lo podemos ver con las diferentes generaciones de graduados de la Universidad, quienes en su mayoría son fieles reproductores de las estructuras de injusticia que padece la sociedad.  Muchos profesionales formados sin el mínimo nivel de consciencia social, jóvenes en su mayoría alienados, enajenados, dóciles,  fáciles de quebrantarles su conciencia; jóvenes que están más dispuestos a servirse que a servir. Pero  alguien me preguntaría ¿Pero qué tiene que ver el libertinaje de cátedra del docente en la formación del profesional?
En libertinaje de cátedra el docente está preocupado:
En hacer exámenes, en que lean  muchos capítulos de un  determinado libro, en hacer laboratorios evaluados, en aplazar a los estudiantes, en pasarle factura a un alumno o alumna que lo cuestiona en clases, en buscar la manera como se aprovecha de ella (Alumna). El docente que práctica el libertinaje de cátedra no es riguroso, no es sistemático, no investiga, no planifica, no organiza su clase, evalúa al alumno para aplazar,  no para que el alumno aprenda, esgrime siempre la calidad y la excelencia académica para ocultar sus debilidades,   no sabe hacer la diferencia entre medir y evaluar, confunde los términos, es libresco, reproduce las teorías sin ningún análisis crítico, desconoce la epistemología de la docencia.
Para el docente libertino, la evaluación la ocupa como instrumento de poder, político e ideológico, para demostrar su poder, el único momento en donde se siente importante. El docente que práctica el libertinaje de cátedra, desconoce su propia realidad, no tiene consciencia,  está más pendiente del día de pago que de prepararse para hacer una buena docencia. Este tipo de docentes es vanidoso, soberbios, engreídos, creen que lo saben todo  o por que han obtenido una maestría o Doctorado en el extranjero creen que son los dioses del conocimiento.
Ven a los alumnos como seres  insignificantes  y despreciables que tienen que rendirles culto.  No obstante, esta conducta es tan dañina que los jóvenes que son una esponja absorben ese veneno salido de la boca de esos  “maestros”
Ejemplos de alumnos mal orientados por profesores que mal entienden su libertad de cátedra, en muchos casos son irresponsables, irrespetuosos, soberbios, trinqueteros, mentirosos, arribistas y oportunistas.
 Ellos (Alumnos y alumnas) son ejemplo de esos docentes que jamás han comprendido que significa la libertad de cátedra. Como  conclusión ellos,  no tienen ética académica. El estilo de estos docentes es dirigirse a sus alumnos y alumnas de manera  “Soez”,  llega a  la clase a hablar de temas que no tienen nada que ver con la temática, aludiendo que él tiene libertad de cátedra. De igual manera, este modelo de docente que hay muchos en la Universidad es indisciplinado, llega a la clase que tiene programada veinte o treinta minutos después, ya que según él o ella tiene libertad de catedra.
LO QUE ES LIBERTAD DE CÁTEDRA.
Voy a partir de lo expuesto en el artículo, 60 de la constitución de El Salvador,  ya que es la máxima carta de navegación nuestra, en el penúltimo párrafo dice literalmente “la historia Nacional y la constitución deberán ser enseñadas por profesores salvadoreños”. Se garantiza la libertad de  cátedra. Lo anterior significa que el docente puede y tiene el legítimo derecho para emplear los métodos, las teorías y metodologías adecuadas en el proceso de enseñanza aprendizaje  para lograr los objetivos propuestos. Pero los aspectos de orden pedagógico y  evaluativos  serán regulados por la institución en la que presta el servicio el docente.
Luego en el artículo 6 de la ley orgánica de la Universidad de El Salvador se plantea que: “El personal académico de la Universidad gozará de libertad de cátedra. Se entiende por ésta, la exención de obstáculos para investigar, exponer y transmitir el saber científico; se manifiesta en la libre exposición de las diversas doctrinas e ideas que conciernen a las esferas del conocimiento objetivo y científico de la realidad, así como su análisis crítico, con el propósito exclusivo de ilustrar y orientar la investigación”. Este derecho no se opone al señalamiento por los respectivos organismos, de normas pedagógicas y disposiciones técnicas y administrativas encaminadas a la mejor prestación del servicio docente. Se reconoce la docencia libre como un medio de enriquecer el proceso de enseñanza aprendizaje.
Como puede apreciarse la ley orgánica es precisa en lo relacionado a la libertad de catedra, de modo que los docentes somos libres y no tendremos ningún tipo de obstáculos para investigar, exponer el saber científico, las diferentes teoría en  boga  en la actualidad.  Por su parte, la ley de educación Superior  en el artículo 24 nos plantea que: “Las instituciones de educación superior y sus docentes e investigadores, gozan de libertad de cátedra. Las autoridades estatales y los particulares que coartaren dicha libertad, responderán de sus actos de conformidad a las leyes.”
Veamos que nos dice la UNESCO  en relación con el concepto de libertad de catedra. “ El personal docente de la enseñanza superior tiene derecho al mantenimiento de la libertad académica, es decir, la libertad de enseñar y debatir sin verse limitado por doctrinas instituidas (libertad de cátedra), la libertad de llevar a cabo investigaciones y difundir y publicar los resultados de las mismas, la libertad de expresar libremente su opinión sobre la institución o el sistema en que trabaja, la libertad ante la censura institucional y la libertad de participar en órganos profesionales u organizaciones académicas representativas. Todo el personal docente de la enseñanza superior debe poder ejercer sus funciones sin sufrir discriminación alguna y sin temor a represión por parte del Estado o de cualquier otra instancia”.  ((Unesdoc.unesco.org/images/0016/001604/160495s.pdf).  
Es importante reconocer que los docentes gozamos de un privilegio que muy pocos profesionales tienen; sin embargo, también se tienen restricciones, pues muchas de las actuaciones de los docentes no entran dentro del marco jurídico ni legal de la libertad de catedra.  Ya que son conductas que no contribuyen a un proceso de educación integral ni mucho menos democrático como lo plantea la constitución de El Salvador en el artículo 57 que dice: “la enseñanza que se imparta en los Centros educativos oficiales será esencialmente democrática”  (    . . .  )  en este sentido  el docente no Universitario no debe ser nada más un repetidor  simplemente de textos, de teorías de otros países sino debe  ser un investigador pues la libertad de la que plantea la constitución y demás instituciones acreditadas se centra  en la libertad para, exponer las diferentes teorías, investigar  y debatir sus planteamientos, por lo que no puede tener ningún tipo de restricciones de ninguna naturaleza. Es por lo tanto, en este contexto es que está planteada la libertad de catedra de los docentes y no en el libertinaje de catedra que se ha venido y se sigue haciendo en la Universidad de El Salvador y en muchas Universidades del país.
 ¿QUÉ DICEN LOS EXPERTOS?
"Una Universidad donde se coartara el derecho de exponer o a contradecir cualquier idea, dentro de los cánones de la mayor compostura en la palabra, sería una Universidad no más de nombre. Porque en la libérrima discusión de todas la ideas y todos los principios descansa la condición del progreso científico, y la seguridad de que todos los hombres sean respetados en su conciencia y su dignidad individuales" (...) El día en que la universidad estuviera al servicio de un poder político, o de una confesión religiosa, o de una tendencia anti-religiosa mutiladora de la integridad de la vida interior, o de un sectarismo doctrinario, o de una distinción social, ese día sería pese a las brillantes apariencias y a las frases elaboradas con que se pretendiese disimularlo, el de la liquidación de la vida espiritual creadora en la institución y, por ende, el de ella misma".. . Finalmente podemos decir que la libertad que nos ocupa, no sólo es propia de todo profesor universitario en la forma que lo hemos expuesto sino que, también, es una garantía de la universidad como institución y de manera particular de las universidades estatales, a las que, por consecuencia, el Estado no les puede imponer una ciencia oficial, porque tal acto además de negar la libertad de cátedra, conlleva a una lesión a su autonomía de gobierno. (https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/download/13355/1434Celin Gómez)
 Hay que destacar  que hoy ya no son perseguidos los investigadores  como en siglos anteriores, pues nuestra constitución protege ese derecho que todos los docentes tienen para investigar  y exponer sus teorías, orientar la enseñanza de la manera que considera más  conveniente en función de sus investigaciones e ideología.      
Obviamente la libertad de catedra, es uno de los muchos logros que la humanidad ha obtenido  y que ha sido producto de muchos sacrificios de grandes luchadores en el pasado.  Sin embargo, también debemos de decir,  que ha habido un mal uso a este derecho Así, puede considerase como un ejercicio abusivo de la libertad de cátedra, aquella actitud del profesor que consiste en transmitir opiniones que no guardan relación con la materia impartida o que son expresión  exclusivamente de una  posición  ideológica  o partidaria transmitida con una exclusiva finalidad proselitista.





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