¿LIBERTAD DE
CÁTEDRA O LIBERTINAJE DE CATEDRA EN LA UNIVERSIDAD?
POR: MSc. JOSÉ ISRAEL VENTURA
Con el
concepto de libertad y democracia ha sucedido
lo mismo que con el concepto de libertad de cátedra. En los diferentes regímenes políticos más atroces han servido para legitimar y justificar sus invasiones, sus mentiras y chantajes y para realizar enormes masacres en contra de la humanidad, aludiendo siempre a la
defensa de la libertad y la democracia.
Haciendo un
símil podríamos decir que algo similar ha
sucedido con el concepto de “libertad de
cátedra” que los docentes ejercen en casi todas las Universidades del
mundo. Bajo este concepto en algunas
Universidades los docentes, han cometido muchos agravios, humillaciones y se siguen cometiendo en contra de los
estudiantes.
Sí bien es cierto
que la libertad de cátedra es jurídicamente un derecho legítimo que tenemos los
docentes en todas la Universidades del mundo y que a la vez es un factor
importante para el desarrollo del pensamiento, la investigación, el arte, la Ciencia y la cultura. También es cierto que
en su nombre se han cometido y se siguen cometiendo muchos agravios,
humillaciones y un desmedido despotismo
por parte de los docentes. ¿Es culpa de los docentes? no, probablemente no, lo
que a mi juicio ha habido es un desconocimiento y mal entendido concepto de libertad de catedra. Por eso en
este breve ensayo se trata de reflexionar sobre dicha cuestión.
LO QUE NO ES
LIBERTAD DE CATEDRA.
Es necesario
que los docentes comprendamos que la libertad entendida como libertinaje es
totalmente perjudicial para el proceso de formación del ser humano y la
sociedad. La enseñanza universitaria no
escapa a tales consideraciones. Una libertad de catedra mal entendida y practicada
no sólo tendrá grandes
consecuencias al interior de la Universidad
sino que sus efectos se extenderán hacia toda la sociedad.
El ejemplo, lo podemos ver con las diferentes
generaciones de graduados de la Universidad, quienes en su mayoría son fieles
reproductores de las estructuras de injusticia que padece la sociedad. Muchos profesionales formados sin el mínimo
nivel de consciencia social, jóvenes en su mayoría alienados, enajenados,
dóciles, fáciles de quebrantarles su
conciencia; jóvenes que están más dispuestos a servirse que a servir. Pero alguien me preguntaría ¿Pero qué tiene que
ver el libertinaje de cátedra del docente en la formación del profesional?
En
libertinaje de cátedra el docente está preocupado:
En hacer
exámenes, en que lean muchos capítulos
de un determinado libro, en hacer
laboratorios evaluados, en aplazar a los estudiantes, en pasarle factura a un
alumno o alumna que lo cuestiona en clases, en buscar la manera como se
aprovecha de ella (Alumna). El docente que práctica el libertinaje de cátedra
no es riguroso, no es sistemático, no investiga, no planifica, no organiza su
clase, evalúa al alumno para aplazar, no
para que el alumno aprenda, esgrime siempre la calidad y la excelencia
académica para ocultar sus debilidades, no sabe hacer la diferencia entre medir y
evaluar, confunde los términos, es libresco, reproduce las teorías sin ningún
análisis crítico, desconoce la epistemología de la docencia.
Para el
docente libertino, la evaluación la ocupa como instrumento de poder, político e
ideológico, para demostrar su poder, el único momento en donde se siente
importante. El docente que práctica el libertinaje de cátedra, desconoce su
propia realidad, no tiene consciencia, está más pendiente del día de pago que de
prepararse para hacer una buena docencia. Este tipo de docentes es vanidoso,
soberbios, engreídos, creen que lo saben todo
o por que han obtenido una maestría o Doctorado en el extranjero creen
que son los dioses del conocimiento.
Ven a los
alumnos como seres insignificantes y despreciables que tienen que rendirles
culto. No obstante, esta conducta es tan
dañina que los jóvenes que son una esponja absorben ese veneno salido de la
boca de esos “maestros”
Ejemplos de
alumnos mal orientados por profesores que mal entienden su libertad de cátedra,
en muchos casos son irresponsables, irrespetuosos, soberbios, trinqueteros, mentirosos,
arribistas y oportunistas.
Ellos (Alumnos y alumnas) son ejemplo de esos
docentes que jamás han comprendido que significa la libertad de cátedra. Como conclusión ellos, no tienen ética académica. El estilo de estos
docentes es dirigirse a sus alumnos y alumnas de manera “Soez”, llega a la clase a hablar de temas que no tienen nada
que ver con la temática, aludiendo que él tiene libertad de cátedra. De igual
manera, este modelo de docente que hay muchos en la Universidad es
indisciplinado, llega a la clase que tiene programada veinte o treinta minutos
después, ya que según él o ella tiene libertad de catedra.
LO QUE ES
LIBERTAD DE CÁTEDRA.
Voy a partir
de lo expuesto en el artículo, 60 de la constitución de El Salvador, ya que es la máxima carta de navegación
nuestra, en el penúltimo párrafo dice literalmente “la historia Nacional y la
constitución deberán ser enseñadas por profesores salvadoreños”. Se garantiza
la libertad de cátedra. Lo anterior
significa que el docente puede y tiene el legítimo derecho para emplear los métodos,
las teorías y metodologías adecuadas en el proceso de enseñanza
aprendizaje para lograr los objetivos
propuestos. Pero los aspectos de orden
pedagógico y evaluativos serán regulados por la institución en la que
presta el servicio el docente.
Luego en el
artículo 6 de la ley orgánica de la Universidad de El Salvador se plantea que:
“El personal académico de la Universidad gozará de libertad de cátedra. Se entiende por ésta, la exención de
obstáculos para investigar, exponer y transmitir el saber científico; se
manifiesta en la libre exposición de las diversas doctrinas e ideas que
conciernen a las esferas del conocimiento objetivo y científico de la realidad,
así como su análisis crítico, con el propósito exclusivo de ilustrar y orientar
la investigación”. Este derecho no se
opone al señalamiento por los respectivos organismos, de normas pedagógicas y
disposiciones técnicas y administrativas encaminadas a la mejor prestación del
servicio docente. Se reconoce la docencia libre como un medio de enriquecer el
proceso de enseñanza aprendizaje.
Como puede
apreciarse la ley orgánica es precisa en lo relacionado a la libertad de
catedra, de modo que los docentes somos libres y no tendremos ningún tipo de
obstáculos para investigar, exponer el saber científico, las diferentes teoría
en boga
en la actualidad. Por su parte,
la ley de educación Superior en el
artículo 24 nos plantea que: “Las instituciones de educación superior y sus
docentes e investigadores, gozan de libertad de cátedra. Las autoridades estatales y los particulares que coartaren dicha
libertad, responderán de sus actos de conformidad a las leyes.”
Veamos que
nos dice la UNESCO en relación con el
concepto de libertad de catedra. “ El personal docente de la enseñanza superior
tiene derecho al mantenimiento de la libertad académica, es decir, la libertad
de enseñar y debatir sin verse limitado por doctrinas instituidas (libertad de
cátedra), la libertad de llevar a cabo investigaciones y difundir y publicar
los resultados de las mismas, la libertad de expresar libremente su opinión
sobre la institución o el sistema en que trabaja, la libertad ante la censura
institucional y la libertad de participar en órganos profesionales u
organizaciones académicas representativas. Todo el personal docente de la
enseñanza superior debe poder ejercer sus funciones sin sufrir discriminación
alguna y sin temor a represión por parte del Estado o de cualquier otra instancia”.
((Unesdoc.unesco.org/images/0016/001604/160495s.pdf).
Es
importante reconocer que los docentes gozamos de un privilegio que muy pocos
profesionales tienen; sin embargo, también se tienen restricciones, pues muchas
de las actuaciones de los docentes no entran dentro del marco jurídico ni legal
de la libertad de catedra. Ya que son
conductas que no contribuyen a un proceso de educación integral ni mucho menos
democrático como lo plantea la constitución de El Salvador en el artículo 57
que dice: “la enseñanza que se imparta en los Centros educativos oficiales será
esencialmente democrática” ( . . .
) en este sentido el docente no Universitario no debe ser nada
más un repetidor simplemente de textos,
de teorías de otros países sino debe ser
un investigador pues la libertad de la que plantea la constitución y demás
instituciones acreditadas se centra en
la libertad para, exponer las diferentes teorías, investigar y debatir sus planteamientos, por lo que no
puede tener ningún tipo de restricciones de ninguna naturaleza. Es por lo
tanto, en este contexto es que está planteada la libertad de catedra de los
docentes y no en el libertinaje de catedra que se ha venido y se sigue haciendo
en la Universidad de El Salvador y en muchas Universidades del país.
¿QUÉ
DICEN LOS EXPERTOS?
"Una
Universidad donde se coartara el derecho de exponer o a contradecir cualquier
idea, dentro de los cánones de la mayor
compostura en la palabra, sería una Universidad no más de nombre. Porque en
la libérrima discusión de todas la ideas y todos los principios descansa la
condición del progreso científico, y la seguridad de que todos los hombres sean
respetados en su conciencia y su dignidad individuales" (...) El día en
que la universidad estuviera al servicio de un poder político, o de una confesión
religiosa, o de una tendencia anti-religiosa mutiladora de la integridad de la
vida interior, o de un sectarismo doctrinario, o de una distinción social, ese
día sería pese a las brillantes apariencias y a las frases elaboradas con que
se pretendiese disimularlo, el de la liquidación de la vida espiritual creadora
en la institución y, por ende, el de ella misma".. . Finalmente podemos
decir que la libertad que nos ocupa, no sólo es propia de todo profesor
universitario en la forma que lo hemos expuesto sino que, también, es una
garantía de la universidad como institución y de manera particular de las
universidades estatales, a las que, por consecuencia, el Estado no les puede
imponer una ciencia oficial, porque tal acto además de negar la libertad de
cátedra, conlleva a una lesión a su autonomía de gobierno. (https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/download/13355/1434Celin Gómez)
Hay que destacar que hoy ya no son perseguidos los
investigadores como en siglos
anteriores, pues nuestra constitución protege ese derecho que todos los
docentes tienen para investigar y
exponer sus teorías, orientar la enseñanza de la manera que considera más conveniente en función de sus investigaciones
e ideología.
Obviamente
la libertad de catedra, es uno de los muchos logros que la humanidad ha
obtenido y que ha sido producto de
muchos sacrificios de grandes luchadores en el pasado. Sin embargo, también debemos de decir, que ha habido un mal uso a este derecho Así,
puede considerase como un ejercicio abusivo de la libertad de cátedra, aquella
actitud del profesor que consiste en transmitir opiniones que no guardan
relación con la materia impartida o que son expresión exclusivamente de una posición
ideológica o partidaria
transmitida con una exclusiva finalidad proselitista.
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