BASE
CONSTITUCIONAL DEL COMBATE A LA CORRUPCIÓN.
POR: MSc.
JOSÉ ISRAEL VENTURA
Art. 240. La constitución vigente, en el
primer inciso de este artículo menciona
que:
“ los
funcionarios y empleados públicos que se enriquecieren sin justa causa a costa de la Hacienda Pública o Municipal, estarán
obligados a restituir al Estado o al Municipio lo que hubieren adquirido
ilegítimamente, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
incurrido conforme a las leyes”
A fin de
cumplir con esos objetivos, el citado artículo, en sus incisos siguientes, establece un procedimiento de dos vías, una administrativa y otra jurisdiccional. La primera es de responsabilidad de la Corte Suprema de Justicia ( CSJ) y de
la Sección de Probidad ( SP)
de esa Corte, y la segunda a
cargo de una Cámara de segunda Instancia.
La vía
administrativa consiste en la obligación que tienen todos los funcionarios y Empleados Públicos, que señala la ley de
Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios
y Empleados públicos (LEIFEP), de presentar la declaración de sus bienes
al momento de tomar posesión del
cargo y al momento del cese de su ejercicio. Estas declaraciones deben ser presentadas ante la SP en los plazos que la ley
establece. Una vez presentadas, la vía administrativa, en su segundo momento,
consiste en la obligación de la CSJ en comprobar la veracidad de la
declaración.
Sí declarar
los bienes que se poseen es un requisito para optar un cargo, no veo cuál sería
el problema para los señores de la Comisión que
fiscalizarían los 2 mil millones para la Pandemia. ¿O es que las leyes
en este país sólo están hechas para que los pobres las cumplan? ¿Acaso todos los ciudadanos no tenemos el
mismo derecho de cumplir con todo lo que emana de la Constitución de la República? ¿Es acaso que estos “Honorables”
señores se creen por encima de la ley? ¿O es que la costumbre se hace ley?
El pueblo no
debe de olvidar que la derecha de este país no es digna de fiar, en los 20 años
de gobierno de ARENA Y FMLN hicieron su fiesta de agosto, pero ahora tildan al
presidente de falta de transparencia, porque
les ha puesto freno de mano; entonces el berrinche es porque no les ha permitido
que sean ellos los que administren esos fondos. Veamos este ejemplo en donde
participaron dos miembros de FUSADES.
EL CASO DE LOS INFOCENTROS.
En 1999, el
gobierno de Flores creo un fondo de 10 millones de dólares provenientes de la
venta de ANTEL realizada en 1998.
El entonces
ministro de Hacienda, Juan José Daboub administraría el fondo, junto a un
comité consultivo integrado por 5 funcionarios públicos y 2 MIEMBROS DE FUSADES.
Dicho comité
le dio el préstamo, sin licitación a la Asociación de Infocentros, para crear
una red de 100 centros comunales pero solo se crearon unos 40 de esos centros y
para el año 2009 solo quedaban 9 instalados.
En al año
2000, Nicola Angelucci paso a presidir el Banco Multisectorial de Inversiones,
propiedad del Estado. Este banco le presto a la Asociación de Infocentros más
de 4 millones hasta el año 2009.
En marzo de
2009, la Asociación de Infocentros fue cerrada sin pagar ni un centavo de los
10 millones que le presto al Estado. Ese dinero nunca fue devuelto al Estado.
Esto explica porque los señores de la Comisión han renunciado. No es porque no
haya transparencia.
SAN
SALVADOR, 14 DE MAYO DE 2020
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