jueves, 14 de mayo de 2020




BASE CONSTITUCIONAL DEL COMBATE A LA CORRUPCIÓN.
POR: MSc. JOSÉ ISRAEL VENTURA
Art. 240. La constitución vigente, en el primer inciso  de este artículo menciona que:
“ los funcionarios  y empleados  públicos que se enriquecieren  sin justa causa a costa  de la Hacienda Pública o Municipal, estarán obligados a restituir  al Estado  o al Municipio  lo que hubieren  adquirido  ilegítimamente, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido conforme a las leyes” 
A fin de cumplir con esos objetivos, el citado artículo, en sus incisos  siguientes, establece un procedimiento  de dos vías, una administrativa  y otra jurisdiccional. La primera  es de responsabilidad  de la Corte Suprema de Justicia ( CSJ)  y  de la Sección  de Probidad  ( SP)    de esa  Corte, y la segunda a cargo  de una Cámara  de segunda Instancia.
La vía administrativa  consiste  en la obligación  que tienen todos los funcionarios  y Empleados Públicos, que señala la ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios  y Empleados públicos (LEIFEP), de presentar  la declaración  de sus bienes  al momento  de tomar posesión del cargo y al momento  del cese  de su ejercicio. Estas declaraciones  deben ser presentadas  ante la SP en los plazos que la ley establece. Una vez presentadas, la vía administrativa, en su segundo momento, consiste  en la obligación  de la CSJ en comprobar la veracidad de la declaración.
Sí declarar los bienes que se poseen es un requisito para optar un cargo, no veo cuál sería el problema para los señores de la Comisión que  fiscalizarían los 2 mil millones para la Pandemia. ¿O es que las leyes en este país sólo están hechas para que los pobres las cumplan?  ¿Acaso todos los ciudadanos no tenemos el mismo derecho de cumplir con todo lo que emana de la Constitución  de la República? ¿Es acaso que estos “Honorables”  señores se creen por encima de la ley?  ¿O es que la costumbre se hace ley?
El pueblo no debe de olvidar que la derecha de este país no es digna de fiar, en los 20 años de gobierno de ARENA Y FMLN hicieron su fiesta de agosto, pero ahora tildan al presidente de falta de transparencia,  porque les ha puesto freno de mano; entonces el berrinche es porque no les ha permitido que sean ellos los que administren esos fondos. Veamos este ejemplo en donde participaron dos miembros de FUSADES.
EL  CASO DE LOS INFOCENTROS.
En 1999, el gobierno de Flores creo un fondo de 10 millones de dólares provenientes de la venta de ANTEL realizada en 1998.
El entonces ministro de Hacienda, Juan José Daboub administraría el fondo, junto a un comité consultivo integrado por 5 funcionarios públicos y 2 MIEMBROS DE FUSADES.
Dicho comité le dio el préstamo, sin licitación a la Asociación de Infocentros, para crear una red de 100 centros comunales pero solo se crearon unos 40 de esos centros y para el año 2009 solo quedaban 9 instalados.
En al año 2000, Nicola Angelucci paso a presidir el Banco Multisectorial de Inversiones, propiedad del Estado. Este banco le presto a la Asociación de Infocentros más de 4 millones hasta el año 2009.
En marzo de 2009, la Asociación de Infocentros fue cerrada sin pagar ni un centavo de los 10 millones que le presto al Estado. Ese dinero nunca fue devuelto al Estado. Esto explica porque los señores de la Comisión han renunciado. No es porque no haya transparencia.

SAN SALVADOR, 14 DE MAYO DE 2020

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